miércoles, 11 de noviembre de 2020

Ayudas al Alquiler para 2021

 

Ya están publicada las bases para poder solicitar la ayuda al arrendamiento. El periodo al que se podrán imputar los gastos de alquiler comprenderá desde el 1 de enero al 31 de diciembre del 2021

Beneficiarios: 

1-. Programa general: Dirigido a mayores de 35 años o más
2-. Programa para jóvenes: Dirigido a personas de 18 a 35 años

Plazo de presentación de solicitudes: 

Desde el Jueves 12 de Noviembre de 2020 al Lunes 11 de Enero de 2021
 
Requisitos: 

a) Ser titular,  de un contrato de arrendamiento de vivienda sobre un inmueble ubicado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

b) Que la vivienda arrendada, constituya la residencia habitual y permanente del arrendatario.

c) Que la suma de los ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia sean superiores a 0.5 veces IPREM e inferiores al limite establecido en cada programa

d) Que la renta establecida en el contrato de arrendamiento de vivienda, incluida los gastos de comunidad, no supere la cuantía total de 500€

e) Tener el domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Cuantía:  

1-. 40% de la renta en el programa general (200€/mes), que podrá llegar hasta el 50%  en el caso de que los solicitantes tengan más de 65 años (250€/mes)
2-. 50% de la renta en el programa de jóvenes (250€/mes)

Documentación a aportar: 

a) Solicitud de ayuda firmada,
b) Copia del contrato de arrendamiento, en el que conste el NIF del arrendatario, la referencia catastral de la vivienda y número de cuenta bancaria del arrendador.
c) Certificado de empadronamiento y convivencia (vigente) de la unidad de convivencia en el que aparezcan todas las personas que habitan en la vivienda.
d) Resguardo justificativo de estar al corriente de pago de la renta del alquiler (copia de la última transferencia, del recibo domiciliado pagado o del ingreso en cuenta).
e) En caso de formar parte de alguno de los colectivos de atención preferente justificación de pertenencia al mismo.
f) Justificación de que se es titular de la cuenta bancaria donde se abonará la ayuda. 
g) En el caso de ser extranjero no comunitario, el permiso de residencia vigente.

Las solicitudes se podrán presentar telemáticamente a través de la sede electrónica de la JCCM o presencialmente en las delegaciones de Fomento por medio de CITA PREVIA.

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